A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante De Oficio Procesado Arias Bernal Jose Guillermo Y Otro·Demandado Arias Bernal Jose Guillermo Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de procesos por presuntos delitos cometidos por miembros de la fuerza pública cuando haya duda del posible rompimiento del factor funcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado 1º Penal del Circuito de Girardot con función de conocimiento y el Juzgado 143° de Instrucción Penal Militar de Bogotá.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en el proceso penal adelantado en contra de dos policías, por los por los delitos de concusión en concurso con lesiones personales dolosas.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, se reiteró la regla de decisión del Auto 476 de 2021 en virtud de la cual se estableció que, ante e la existencia de dudas sobre el vínculo directo del delito con el servicio, requisito que la Constitución exige para que tenga aplicación el fuero penal militar, resulta aplicable la regla general de competencia de la jurisdicción ordinaria ya que el fuero penal militar consagrado en el artículo 221 Superior solo procede excepcionalmente cuando haya certeza sobre los elementos que constituyen el mismo.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 1º Penal del Circuito de Girardot para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Juzgado 1º Penal del Circuito de Girardot para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Juzgado 1º Penal del Circuito de Girardot con función de conocimiento y el Juzgado 143° de Instrucción Penal Militar de Bogotá en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 1º Penal del Circuito de Girardot es la autoridad competente para conocer del proceso penal adelantado contra los señores José Guillermo Arias Bernal y Santos Alirio Guzmán Caro.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3369 al Juzgado 1º Penal del Circuito de Girardot para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.